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Informan que feriado por Día del Trabajo se celebrará el lunes

Santo Domingo, 30 abril 2015.- El Ministerio de Trabajo reitera a la colectividad empresarial  y trabajadora del país que el viernes 1 de mayo, fecha en que se celebra el Día del Trabajo, es laborable y el feriado se transfiere para el lunes 4 de mayo.

Atendiendo al cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, el Ministerio informa que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el martes 5 del mes de mayo.

La celebración de estas fechas, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos a nivel nacional.

En aquellos establecimientos, que por su naturaleza deben permanecer abiertos al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.

“Cuando por convención entre las partes, el trabajador preste servicios en un día declarado legalmente no laborable, recibirá como retribución el salario a que tiene derecho aumentado en un ciento por ciento”, establece el artículo 205 del Código de Trabajo de la República Dominicana, Ley 16-92.

Anuncian días festivos del año 2015

Santo Domingo, 31 octubre 2014.- El Ministerio de Trabajo, para dar  cumplimiento a la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, informa a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país sobre las fechas en que serán celebrados los días feriados durante el próximo año 2015.

 La institución establece que el jueves 1 de enero, fecha en que se celebra la festividad del Año Nuevo, no se cambia, es inamovible; en tanto, el martes 6,  fecha en que se conmemora el Día de los Santos Reyes se trabaja y la festividad se cambia para el lunes 5 del mismo mes.

 Una nota informativa de la entidad precisa que el miércoles 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia no se cambia, de igual modo el lunes 26, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, Padre de la Patria y el jueves 27 de febrero, Día de la Independencia , son inamovibles.  

 En relación al Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, no se cambia, por lo que se mantiene el viernes 3 de abril.

 En tanto, el Día del Trabajo, que se celebra cada año el 1ro de mayo con carácter no laborable se trabaja y se traspasa para el lunes 4 de mayo.

 Asimismo el Ministerio de Trabajo informa que la festividad religiosa Corpus Cristi, que en el año 2015 se celebra el jueves 4 de junio, no se cambia; además es inamovible el Día de la Restauración, correspondiente al domingo 16 de agosto.

Igualmente la institución señala que el jueves 24 de septiembre,  día que se celebra la fiesta de Las Mercedes,  será celebrado en la misma fecha, por lo que no se cambia;  en tanto el día de la Constitución que se celebra el viernes 6 de noviembre,  será laborable y se cambia para el lunes 9 del mismo mes.

La nota informativa del Ministerio indica que el viernes 25 de diciembre, día en que se celebra el Nacimiento de Jesús (Día de Navidad),  no se cambia.